Gobierno reglamenta la emisión de títulos representativos de deuda en el mercado de valores por parte de las SAS

El Decreto 1235 del 14 de septiembre de 2020, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las reglas para la emisión en el mercado de valores, también reglamenta el artículo 2 del Decreto Legislativo 817 de 2020 y dictó otras disposiciones.

Por su parte el Decreto Legislativo 817 de 2020 estableció las condiciones especiales para la emisión de valores en el segundo mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.

El Decreto 1235, señala las condiciones estatutarias y de gobierno corporativo para que la sociedad por acciones simplificada acceda al mercado de valores a través del segundo mercado, para esto indicó, en su artículo 22:

“Artículo 22. Requisitos de gobierno corporativo para la emisión de títulos representativos de deuda por parte de la sociedad por acciones simplificada en el segundo mercado. Cuando la sociedad por acciones simplificada decida emitir títulos representativos de deuda en el segundo mercado en los términos del Decreto Legislativo 817 de 2020 y dentro de los plazos establecidos por los artículos 1 y 2 del mencionado decreto legislativo, deberá cumplir con los siguientes requisitos: (…).

Sigue leyendo