Competencia Desleal

La competencia desleal en Colombia se puede presentar en varias situaciones, algunas de ellas son consecuencias de actos inocentes que por desconocer la normativa incurren en estas prácticas, así como existen competidores desleales que actúan con mala fe tratando de participar en el mercado usando artimañas, que les permiten tener una ventaja competitiva injustificada sobre los demás involucrados en el mercado.

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¿Qué es la Competencia Desleal?

La competencia desleal son actos de mala fé realizados en un mercado específico de forma recurrente, la cual tiene ventajas competitivas desleales para aumentar, mantener o conseguir participación en el mercado. En Colombia la Competencia Desleal está regulada bajo la Ley 256 de 1996, donde todos los participantes en el mercado deben respetar en todas sus actuaciones el principio de la buena fe comercial.

Esta ley permite garantizar la libre competencia entre comerciantes, prohibiendo los actos de competencia desleal para garantizar un espacio donde se puedan desenvolver cada comerciante sin que otro realice actos de mala fe en contra de otros.

¿Cuáles son los Actos de Competencia Desleal en Colombia?

Las acciones de competencia desleal establecidas en la legislación anteriormente mencionada (entre sus Art. 8 y19) se refieren a toda conducta que tenga como objeto o como efecto alguna de las siguientes acciones de competencia desleal en Colombia:

  • Desviación de la Clientela: Cuando se desvíe la clientela usando cualquier tipo de artimañas para que los clientes dejen de adquirir o utilizar los productos o servicios como anteriormente lo venían haciendo los clientes usuales es un acto de competencia desleal en Colombia. Ejemplo: redireccionar hacia el competidor desleal la clientela, a través de maniobras engañosas o contrarias a la ley.
  • Actos de Desorganización: Es competencia desleal cuando se evidencie la generación de caos o desorden de forma interna, desestabilizando la gestión de uno o varios establecimientos de comercio. Ejemplo: Cuando un competidor contrata todo el personal de otro establecimiento de comercio, con la intención de desestabilizar su operación. Bloquear accesos a servicios públicos del competidor.
  • Confusión: Cuando se trate de confundir al cliente a través de actividades, prestaciones mercantiles o el establecimiento, para que adquiera productos o servicios son acciones de competencia desleal. Ejemplo: Publicidad muy parecida a la del competidor para que adquieran sus productos.
  • Engaño: La competencia desleal en este caso inicia al inducir al público a un error sobre la actividad, las prestaciones mercantiles o el establecimiento ajenos. Se presume desleal la utilización o difusión de indicaciones o aseveraciones incorrectas o falsas, la omisión de las verdaderas y cualquier otro tipo de práctica que, por las circunstancias en que tenga lugar, sea susceptible de inducir a error a las personas a las que se dirige o alcanza sobre la actividad, las prestaciones mercantiles o el establecimiento ajenos, así como sobre la naturaleza, el modo de fabricación, las características, la aptitud en el empleo o la cantidad de los productos. Ejemplo: Hacerse pasar por un competidor mediante actos publicitarios engañosos.
  • Descrédito: Este acto de competencia desleal busca deshonrar en general la actividad comercial de un competidor, para perjudicar sus actividades comerciales. Ejemplo: Comerciales con testimonios de descrédito directo a un competidor.
  • Comparación: Al comparar la actividad entre empresas, utilizando indicaciones o aseveraciones incorrectas o falsas, u omita las verdaderas, para cambiar el comportamiento del consumidor, así como toda comparación que se refiera a extremos que no sean análogos, ni comprobables es competencia desleal. Ejemplo: Una cafetería que publique «Yo sí cumplo con los estándares de higiene y desperdicios» y se compare con un competidor, sin especificar si ellos cumplen o no dichos estándares.
  • Imitación: Esta acción de competencia desleal se presenta al crear o comercializar productos o servicios iguales o similares al de la competencia, esta acción está unida a la acción del engaño. También se considerará desleal la imitación sistemática de las prestaciones e iniciativas empresariales de un competidor cuando dicha estrategia se halle encaminada a impedir u obstaculice su afirmación en el mercado y exceda de lo que según las circunstancias, pueda reputarse como una respuesta natural del mercado. Ejemplo: Productos con envases, etiquetas y nombre de marca muy similar a otra ya posicionada.
  • Explotación de la Reputación Ajena: Se presenta cuando se usan signos distintivos ajenos o de denominaciones de origen falsas o engañosas aunque estén acompañadas de la indicación acerca de la verdadera procedencia del producto o de expresiones tales como «modelo», «sistema», «tipo» , «clase», «género», «manera», «imitación», y «similares» son situaciones de competencia desleal en Colombia. Ejemplo: Usar la imagen o el buen nombre de un competidor para comerciales publicitarios sin su consentimiento.
  • Violación de Secretos: Es cuando se divulgan o explotan secretos industriales o empresariales a otros competidores. También se trata de situaciones de espionaje o procedimientos análogos. Ejemplo: El hackeo de información privada de la empresa.
  • Inducción a la Ruptura Contractual. Cuando un competidor influye en la ruptura contractual entre un comerciante y un trabajador, socio, proveedor, entre otros. Con el objeto se interponerse en el crecimiento del competidor son acciones consideradas como competencia desleal. Ejemplo: Cuando un competidor influye en que varias personas renuncien de un trabajo.
  • Violación de Normas: Se considera competencia desleal la efectiva realización en el mercado de una ventaja competitiva adquirida frente a los competidores mediante la infracción de una norma jurídica. La ventaja ha de ser significativa.
  • Pactos Desleales de Exclusividad: Se considera desleal pactar en los contratos de suministro cláusulas de exclusividad, cuando dichas cláusulas tengan por objeto o como efecto, restringir el acceso de los competidores al mercado, o monopolizar la distribución de productos o servicios, excepto las industrias licoreras mientras éstas sean de propiedad de los entes territoriales.

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