El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 488, con el cual permitirá a los empleados que no están recibiendo ingresos (por suspensión del contrato o licencia no remunerada), debido a la contingencia que enfrenta el país por el coronavirus (covid-19), retirar sus cesantías como medida de mitigación.
“Se podrá retirar cada mes de su cuenta el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante”. Esta disposición aplica únicamente para retiros de los fondos privados.
En ese mismo sentido, el decreto establece que, durante la emergencia, el empleador podrá dar a conocer al trabajador, con al menos un día de anticipación, la fecha a partir de la cual le concederá vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas. Sigue leyendo
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